El acusado lanzó al animal, un cachorro de cuatro meses, por un risco, lo que le ocasionó la muerte
Un juzgado ha reconocido por primera vez en España el asesinato de un animal como violencia vicaria, en una sentencia que marca un precedente. El fallo ha tenido lugar en Las Palmas de Gran Canaria, donde el acusado mató al perro de su pareja, un cachorro de solo cuatro meses, con la única finalidad de ejercer control sobre ella e infringirle daño psicológico. La mujer requirió tres meses de atención sanitaria tras los hechos.
En casos anteriores que han llegado a los juzgados españoles, otros animales también han sido víctimas de la violencia machista, pero hasta ahora no se había considerado esto como violencia vicaria.
Esta vez, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a un año y un día de prisión a un hombre por lanzar desde un risco al cachorro, lo que le ocasionó la muerte, en septiembre de 2022. La jueza ha concluido que esta acción no solo responde a un episodio de maltrato animal, sino que se trata de una acción premeditada que perseguía causar daño emocional a la mujer.
Desde una perspectiva de género, la sentencia determina que el hombre utilizó al animal como instrumento de control sobre la mujer, y el uso de los seres queridos de la víctima para herirlos es una de las características que definen la violencia vicaria.
Tras el asesinato del cachorro, la mujer requirió atención médica y psicológica, en un proceso de recuperación que duró 90 días.
El caso es pionero y abre la puerta a futuras sentencias en las que el maltrato animal en el marco de la violencia machista se considere violencia vicaria, ya que los animales de familia también sufren en estas situaciones.


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