Así lo establece una reforma recientemente aprobada
La reforma de la Ley de Mecenazgo aprobada el pasado mes de enero establece la devolución del 80% de las donaciones a entidades sin ánimo de lucro, entre las que se encuentran los santuarios y organizaciones de protección animal, hasta 250 euros. Antes de la reforma, el límite estaba en 150 euros.
Para cantidades mayores, la deducción será del 40% (antes era del 35%), o del 45% cuando se trate de donaciones con periodicidad.
Así, se amplían las posibilidades para quienes quieran ayudar a entidades de protección animal u otro tipo de organizaciones sin ánimo de lucro. Las asociaciones o fundaciones recibirán la cantidad íntegra donada, pero el donante únicamente invertirá un 20% de esta.
La norma también establece que las empresas puedan desgravar hasta un 40% de la cantidad que donen, y un 50% a partir del tercer año que lo hagan.
Quienes ya eran donantes antes, tienen la posibilidad de incrementar la cantidad donada para que las entidades reciban más dinero sin que estos tengan que hacer un esfuerzo mayor.


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