El animal pasará quince días con cada tutor y ambos compartirán los gastos veterinarios
Un juzgado de Santander ha acordado la custodia compartida de un perro pastor belga tras la ruptura de la pareja con la que convivía, después de algunos antecedentes de casos similares. El juez ha estimado la demanda de un hombre que reclamaba seguir manteniendo contacto con el animal. Sus responsables se turnarán en su cuidado cada quince días, los gastos de su alimentación serán abonados por la persona que se encargue de él en cada período y cada uno pagará la mitad de los gastos veterinarios.
En su demanda, el hombre argumentaba que el animal llegó a la pareja por deseo de ambos y que era atendido indistintamente por los dos mientras duró su relación. Sin embargo, la demandada negó que ambos convivieran en el mismo domicilio y señaló que el perro llegó a su hogar por deseo de ella, que era quien se encargaba de él.
La resolución, contra la que no cabe interponer recurso alguno, alude a la reforma del Código Civil de 2021, por la que los animales «se consideran seres vivos dotados de sensibilidad o seres sintientes«, por lo que «se les dota de un estatuto jurídico novedoso, propio e inexplorado jurídicamente».
Entre las justificaciones para otorgar la custodia compartida, se expresa que el perro se registró a nombre del demandante, si bien posteriormente cambió a nombre de la demandada por petición de esta. También se alude a la existencia de facturas del veterinario emitidas a nombre del demandante mientras el animal estaba a su nombre. Para el juez, esto «evidencia que el demandante, durante ese período e independientemente de que abonara esas facturas, mantuvo una estrecha relación asistencial y afectiva con el perro».
Así, para el juzgado no existen pruebas de que la relación entre el demandante y el animal sea perjudicial para este último o para la demandada. Tampoco se han aportado pruebas periciales veterinarias o de adiestramiento canino que valoren la situación anímica del perro o su bienestar. Por tanto, el juez concluye que la demandada «no tiene motivos para ponerle fin de manera unilateral» a la relación con el hombre.


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