Los perjuicios a la ganadería son indemnizables, pero los daños al cánido son irreversibles
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha suspendido, de forma cautelar, la resolución de la Xunta que autorizaba la caza de lobos en la Comunidad, al haberla incluido entre las especies cinegéticas en la temporada 2024-2025, tras la salida del lobo del Listado de Especies en Régimen de Protección Especial (LESPRE) al norte del Duero.
La justicia gallega, en aplicación del principio de precaución ambiental, entiende que la matanza de lobos podría afectar a las poblaciones de la especie y su viabilidad debe primar sobre los intereses ganaderos. En este sentido, señala que no se ha aportado «información cualitativa ni cuantitativa» sobre los daños a la ganadería en los que se ampara la resolución de la Xunta. Agrega, además, que estos perjuicios «no son reversibles, pero sí indemnizables«, a diferencia de los daños al lobo, que sí son irreversibles.
Después de que una enmienda del Partido Popular (PP) a la ley contra el desperdicio alimentario sacara al lobo del LESPRE al norte del Duero, la Xunta de Galicia modificó su normativa cinegética para autorizar la caza de la especie, bajo el eufemismo de «control poblacional». Lo hizo a pesar de que su estado de conservación es desfavorable. La resolución establecía la autorización de cacerías entre abril y junio, en plena temporada reproductora, mediante a modalidad de espera, y la posibilidad de organizar batidas o monterías a partir de julio.
La organización WWF presentó un recurso contencioso-administrativo en el que solicitaba la suspensión cautelar inmediata de la resolución, ante el grave deterioro que supone para la especie. La justicia, por ahora, ha dado la razón a la organización ecologista. No ha sido así en Asturias y Cantabria, donde las cacerías siguen adelante y los procesos judiciales se mantienen abiertos, si bien la medida del tribunal gallego podría sentar un precedente para otras comunidades. También La Rioja ha eliminado la protección al lobo, mientras Castilla y León todavía no ha tomado ninguna decisión al respecto, aunque la posición de la Junta ha sido siempre beligerante contra la especie.
En su recurso, WWF también argumentaba que aunque la resolución mencionaba el mantenimiento de la población de lobos en «niveles similares» a los actuales, no se exigía una evaluación previa de impacto ni se contemplaba la posibilidad de que el estado de conservación de a especie pudiera requerir un aumento poblacional.
La organización recuerda que el estado de conservación del lobo ibérico es desfavorable, y el Tribunal Superior de Justicia de Galicia también apunta a la delicada situación de la especie. Alude, así, a la Directiva de Hábitats, cuyo objetivo es conservar la biodiversidad en Europa, y aunque el estatus de protección del lobo se ha reducido, la especie sigue estando protegida. Sin datos científicos que certifiquen que su estado de conservación es favorable, las administraciones deben abstenerse de aplicar medidas de gestión como la caza.


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