La Ley de Protección Animal estatal ya es una realidad en España: el Congreso da luz verde al proyecto y a la reforma del Código Penal

España aprueba su primera Ley de Protección Animal

Los perros usados para la caza no estarán incluidos

El Congreso de los Diputados ha aprobado, esta mañana, la primera Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales de España y la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal, tras votar las enmiendas que salieron del Senado el pasado miércoles, 8 de marzo. Varias de estas enmiendas han sido aprobadas durante la sesión de hoy en lo que respecta a la ley, pero no las relativas al Código Penal.

Uno de los puntos más polémicos de la ley a lo largo de todo el procedimiento ha sido la exclusión de los perros de caza. Estos, sin embargo, sí gozan de protección en las leyes autonómicas, aunque existe cierta preocupación porque la norma estatal cree un precedente para que las comunidades comiencen a hacer concesiones a los cazadores, como ya ha sucedido en Cataluña.

Los perros usados para la caza no son los únicos que han quedado excluidos de la ley. También es el caso de los canes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, perros de asistencia o guías y perros de pastoreo. El Ministerio de Agricultura elaborará una nueva normativa para estos.

Tampoco se incluyen en la ley los cetáceos utilizados en espectáculos, los animales de las granjas peleteras, los usados en eventos taurinos, los considerados de producción, las aves usadas para tiro al pichón o las de cetrería, que sí gozaban de protección en el texto original publicado hace más de un año.

Como puntos positivos, la ley apuesta por el sacrificio cero, se prohíbe dejar a un animal sin supervisión durante más de tres días o durante más de 24 horas se se trata de un perro o mantenerlo atado durante un tiempo prolongado, se obliga a los ayuntamientos a gestionar las colonias felinas a través del método CER y a los particulares que tengan gatos a esterilizarlos, se prohíbe la presencia de animales salvajes en circos y la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas. Esta actividad solo podrán ejercerla los criadores profesionales, que también serán los únicos autorizados para criar.

Además, la ley regula la presencia de animales en romerías o ferias. Estos tendrán que contar con espacios idóneos, mantenerse en buenas condiciones higiénicas y estar bien alimentados. No podrán utilizarse en espectáculos con pirotecnia o con temperaturas altas.

La ley ha suscitado todo tipo de valoraciones por parte de las entidades de defensa animal desde que se dio a conocer. Algunas señalan su aprobación definitiva como un avance, mientras que otras la califican como un retroceso, así como consideran un paso hacia atrás la modificación del Código Penal que permite multar a los maltratadores en lugar de aplicarles penas de cárcel. También ha causado controversia el punto relativo a la zoofilia y algunos operadores jurídicos han manifestado su descontento. Por su parte, desde el Gobierno defienden que tanto la ley como la reforma del Código Penal no supondrán ventaja alguna para quienes maltraten animales y lamentan la aparición de bulos al respecto.

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